MONEDA de CURSO FORZOSO

TESS 14 – MONEDA de CURSO FORZOSO

 

La característica esencial de la moneda de curso forzoso es que: requiere de la fuerza monopólica del Estado. Su representación extrema es el actual régimen de Moneda-Crédito-Irregular (MCI): [1] papel moneda (PM).

La instrumentación de la moneda de curso forzoso se realiza mediante la imposición legal que le asigna poder cancelatorio. Lo cual sirve para: “Cancelar deudas” y realizar “intercambios de contado”.

Cancelar deudas: en el marco de nuestra Teoría de la Moneda el PM es una deuda del Estado (deudor de primera instancia) y de carácter irregular doble, es decir, estamos frente a una moneda-crédito doblemente irregular: indeterminación de materialización final y fecha vencimiento.

En términos económicos no se cancela ninguna deuda con la entrega de moneda de curso forzoso, simplemente se endosa-transmite deuda del Estado.

Intercambio de contado: entendiendo por tal el intercambio de bienes económicos presentes sin compromisos pendientes de agente alguno ―con presencia explícita o tácita. Es evidente que el intercambio de cualquier bien económico presente por moneda de curso forzoso no participa de este tipo de intercambios. Ello en tanto estamos en presencia de un crédito, el cual implica el compromiso de entregar riqueza presente en el futuro (cuyo responsable es el Estado), independiente de que sea crédito-deuda “a la vista”. [2]

No obstante, el particular que entrega la moneda de curso forzoso, por riqueza presente que recibe, no asume deuda alguna, lo cual le “simboliza” haber realizado una operación similar a la de contado, no encuentra diferencia alguna. Esta circunstancia es factible de “asimilar” para el lego en economía, no para un economista, y menos para un teórico de la economía. No obstante, las teorías de la moneda en la que hemos sido instruidos, se construyeron en función de esa “sensación” de intercambio de contado que experimenta el agente que intercambia con moneda de curso forzoso.

SÍNTESIS: la moneda de curso forzoso implica estas consecuencias:

  • La economía padece más deuda de la que estima, en tanto la moneda de curso forzoso es deuda corriente [3] , [4] del Estado emisor.
  • El carácter de moneda deviene de un orden impuesto forzosamente por el Estado.
  • El valor relativo de toda riqueza lo determina el mercado. PERO, el carácter forzoso implica ceder en manos del Estado la facultad de poner en acción la relación fáctica del intercambio (precio valor), en perjuicio de la correlación causal-natural del intercambio (valor precio).

 

Carlos A. Bondone



[1] Categorización de nuestra Teoría de la Moneda, crédito que no especifica el bien económico presente en el que se cancelará, y/o fecha de vencimiento indefinida.
[2] Ello es así en tanto puede perder valor hasta que se intercambie nuevamente, lo cual implica la pérdida por incobrabilidad de un crédito. Esta circunstancia atenta contra la principal característica que Menger asignara a la moneda: el similar valor-precio de su compra y su venta, es decir, no existe pérdida entre su compra y su venta.
[3] El plazo de reivindicación depende de la confianza que le brinda el mercado acreedor.
[4] La doble irregularidad del crédito-moneda (PM) genera las llamadas crisis-monetarias-financieras-cambiarias, que recurrentemente necesita el organismo económico natural (las dos leyes marginales de utilidad) para expulsar los cuerpos extraños.

 



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